domingo, 8 de enero de 2012

LOBOS EN PIEL DE CORDEROS. Informe elaborado por el sindicato SINTRASEX

Sintrasex.es Durante los pasados meses, he iniciado un estudio referente al trabajo sexual, para el cual decidí hacer una investigación en la web sobre el tema. Durante días leí, anoté y repasé centenares de reportajes, entrevistas, comunicados y estudios relacionados a la prostitución y a sus orígenes, y dado que estaba realizando un trabajo de investigación para la edición de un estudio proprio sobre la materia, mis ojos se fijaron en una frase, que me hizo cambiar la trayectoria de mi estudio. Bajo el subtitulo de Lobos en piel de corderos. Os dejo la lectura de de este “Informe” así como los enlaces a la web original de cada afirmación aquí reproducida.

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28053 Madrid
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La Constitución española de 1978.

Título I. De los derechos y deberes fundamentales

Capítulo segundo. Derechos y libertades

Sección 1.ª De los derechos fundamentales y de las libertades públicas


Artículo 20

1.Se reconocen y protegen los derechos:

a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.

b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.

c) A la libertad de cátedra.

d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará elderecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.

2.El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.
3.La ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.
4.Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.
5.Sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.


Empecemos por APRAMP y sus contradicciones argumentativas.

Según la citada Asociación
-. “ Las nuevas generaciones de mujeres son cada vez más conscientes de su cuerpo y de su derecho a una sexualidad satisfactoria. Pero son muy pocas las que llamarían a un teléfono de contactos para pedir un servicio. Cuando se ven abocadas a pagar por sexo, eligen en todo caso a alguien de su entorno o a una pareja que ya conocen previamente y con la que están dispuestas a ser generosas.”
-. Es comprensible que las mujeres que se dedican a la prostitución como única fuente de ingresos y que no cuentan con posibilidades de reciclarse se resistan a esta especie de re-conversión industrial.
-. De vez en cuando surgen testimonios de meretrices denominadas de lujo que aseguran haber optado por la prostitución para ganar independencia y librarse de jefes o condiciones laborales insufribles. Sin embargo, bajo esa aparente elección afloran otros objetivos más realistas: la necesidad de ganar dinero rápido para establecerse en otra actividad o el empeño en ofrecer una educación de pago y a sus hijos. Por no referirse también a que algunas de estas elecciones se basan en la dependencia afectiva respecto a uno de sus promotores o hacia ese mundo de aparente bienestar económico en el que se mueven.
-.El turismo sexual es otro subterfugio en el que se amparan algunos occidentales, en general hombres, pero también mujeres, para tener sexo fácil dejando un rastro de dinero o de favores a su paso. Es una práctica ambivalente: en algunos casos puede ser una versión suave de la prostitución, ya que suele darse una atracción real y a menudo sin intermediarios, aunque haya objetivos económicos de por medio.”
Aclarémonos, referida asociación usa un discurso abolicionista, recriminador y en total violación de los derechos tanto humanos como constitucionales de las trabajadoras sexuales, además pasa por alto la igualdad entre hombres y mujeres. Según el Discurso de APRAMP, todas las mujeres que ejercen la prostitución son victimas de trata. Sin embargo en la Guía presentada el pasado mes de Octubre 2011, así como otros reportajes y entrevistas concebidas por la portavoz de la asociación. Dejan antever su confirmación de que si es posible ejercer la prostitución de libre elección.

(Mi abuela decía, elige muy bien para ti antes de decidir para los demás.)
Yo soy una persona de Racionamiento, pero no logro entender la dualidad de visión por parte de APRAMP. O se cree, o no se cree, se apoya o recrimina, se castiga o se loa, pero las dos cosas a la vez como que no es lo mas correcto. Si afirmáis que existen testimonios sobre la libertad de elección por parte de trabajadoras sexuales, no podéis acto seguido, desvalorizar la palabra de esas personas.
Tal como una mujer es libre de decir NO, también debe ser libre para decir SI, sin que por ello sea menos mujer, o ignorada su elección. Si afirman que “ la necesidad de ganar dinero rápido para establecerse en otra actividad o el empeño en ofrecer una educación de pago a sus hijos”, son razones que llevan las mujeres a ejercer el trabajo sexual, estan confirmando que un porcentaje de las trabajadors sexuales lo es porque así lo ha elegido. Así como atribuyen la elección de la prostitución a la “dependencia afectiva respecto a uno de sus promotores o hacia ese mundo de aparente bienestar económico en el que se mueven”, sin que para ello esten obligadas a ejercer, ni estan detenidas contra su voluntad. Llegando inclusive a reconocer que “en algunos casos puede ser una versión suave de la prostitución, ya que suele darse una atracción real y a menudo sin intermediarios, aunque haya objetivos económicos de por medio.”

En cada una de las anteriores afirmaciones destaca la prostitución como libre elección de oficio. Y no son palabras mías.

Otra de las cosas que me llamó la atención fue la insistencia en usar términos ofensivos y despreciativos hacia las trabajadoras sexuales. Analicemos:

-. “Es comprensible que las mujeres que se dedican a la prostitución como única fuente de ingresos y que no cuentan con posibilidades de reciclarse.”
En tanto cuanto sé somos personas, podemos operarnos para cambiar aspectos físicos, podemos cambiar de casa para una mejor, podemos cambiar de cuidad, por unas condiciones mejor. ¿Pero Reciclar? No, de eso nada. Por mucho que ruede el mundo solo los objectos pueden reciclarse. Tienen un discurso en el que arremeten a diestro y siniestro, sin medir, mirar ni revisar lo que argumentan, omitiendo el hecho que se trata de trabajos relativamente bien pagados, y sobre todo que se trata de opciones de personas adultas. Se niega que sea una opción libre, atribuyéndola sistemáticamente a "engaño”, "presión exterior” y "mal ejemplo”, violando no solo algunos de los artículos de la DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS y así como tal lo mencioné con anterioridad, el discurso de esta asociación va también en contra de lo declarado en la CONSTITUCION ESPAÑOLA .

■DUDH

“Si pudiéramos resumir en una sola frase el contenido de la Declaración Universal de los Derechos Humanos reconocidos en 1948, tendríamos que centrarnos en el derecho que tiene toda persona "sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición” (Art. 2) a ser tratada como tal. Y ser tratada como persona es sinónimo de ser considerada "dotada de razón y conciencia” (Art. 1), es decir, reconocer su derecho a constituirse en interlocutora válida.” -Dolores Juliano1.

“Ninguna actitud paternalista, ni propuesta de asistencia puede sustituir este derecho básico. El respeto por los otros seres humanos implica considerarlos tan racionales y maduros, como nos consideramos a nosotros mismos, y desarrollar con respecto a ellos actitudes dialogantes y solidarias, teniendo en cuenta que, como propone Touraine: "La solidaridad es lo contrario de la asistencia, que mantiene en un estado de dependencia y debilita la capacidad para actuar. Descansa en el reconocimiento del derecho de todos y cada uno a actuar de acuerdo con sus valores y sus proyectos” (196) (TOURAINE, 1997)
■ Revisando conceptos.

-. La actividad sexual no es el trabajo de la mayoría de las inmigrantes, pero la mayoría de las trabajadoras sexuales son inmigrantes.
-. Si esta actividad no está reconocida como un trabajo, debería encuadrarse dentro de las opciones privadas, y por consiguiente sacarla del debate público y del control policial
-. No está tipificado como delito por la legislación española, en la práctica se sanciona con mayor frecuencia y produce mayor número de expulsiones y deportaciones que las que se relacionan con verdaderos delitos.
-. Se las arroja a las manos de las redes que trafican con personas, y cuando se constata que han accedido por medios ilegales, se considera que lo han hecho contra su voluntad.
-. La mayoría de los casos en que se decantan por el trabajo sexual lo hacen como una opción temporal y por las ventajas económicas comparativas que le encuentran con respecto a las otras malas y pobres opciones ofrecidas.

“Nada de esto se tiene en cuenta en las campañas abolicionistas, que desconocen los factores económicos que llevan a las mujeres al trabajo sexual, y leen todo el proceso como una imposición externa de la que hay que salvar a las protagonistas. En esta campaña para salvar mujeres todo vale. La manipulación de los datos estadísticos para hacer coincidir las cifras de entrada ilegal al país con trata de mujeres (simplificación que no se realiza cuando los sin papeles son hombres), confusión entre el trabajo sexual mismo, con las condiciones (malas y peligrosas) en que se realiza en algunos casos, identificación de la dignidad del ser humano con el uso que haga de su sexualidad.

Hay cosas que no se deben hacer ni gratis ni pagando, porque son delito o porque perjudican a los demás (robar, matar, engañar, discriminar). Cualquier cosa que se puede hacer legítimamente de manera gratuita (las tareas de cuidado, de ocio o la actividad sexual, por ejemplo) se pueden hacer también cobrando por ellas. El hecho de cobrar por algo no lo sube ni lo baja en la escala de la dignidad moral. Y por supuesto, lo que hace digna a una persona es su manejo de los valores morales, su apego a la verdad, su respeto por los demás, y no lo que haga con su sexualidad.

El respeto de los derechos humanos implica tratar en forma no discriminatoria, y reconocer a los demás su condición de interlocutores válidos, es hora que escuchemos a las trabajadoras del sexo y que dejemos de hablar en su nombre.”

Un trabajo realizado por Alejandra Santos.

Citaciones utilizadas para la realización de este trabajo.

1 Dolores Juliano es antropóloga y dirige el proyecto de investigación LICIT (Línea de Investigación y Cooperación con las Inmigrantes Trabajadoras Sexuales).”Derechos humanos y trabajo sexual”.Una primera versión de este trabajo fue publicada en las "Conclusiones” de su obra Excluidas y Marginales, Ediciones Cátedra 2004.

2 TOURAINE, A. (1997). ¿Podremos vivir juntos? Iguales y diferentes. Barcelona: PCC.


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